Listado de Tasas
Las tasas aplicables están especificadas en la Ley 10/2013, del 23 de mayo, del Instituto Nacional Andorrano de Finanzas y concretamente en los artículos siguientes:
Artículo 28 - Tasa de autorización para la creación de una nueva entidad operativa del sistema financiero en Andorra.
La cuota tributaria viene determinada por una cantidad fija según la tipología de entidad, de acuerdo con lo establecido a continuación:
Tipología de entidad |
Cuota tributaria de la tasa de creación |
Entidades bancarias |
32.018 euros |
Entidades -no bancarias - de crédito especializado |
10.673 euros |
Sociedades financieras de inversión |
12.807 euros |
Agencias financieras de inversión |
8.538 euros |
Sociedades gestoras de patrimonios |
6.404 euros |
Asesores financieros |
2.134 euros |
Sociedades gestores de organismos de inversión colectiva |
6.404 euros |
Entidades de pago |
6.241 euros |
Entidades de dinero electrónico |
6.241 euros |
Artículo 36 - Tasa anual de supervisión de las entidades financieras -no bancarias de crédito especializado (EFCE) andorranas.
La cuota tributaria viene determinada por una cantidad fija de 10.332 euros.
Artículo 38 - Tasas para los procesos de autorización previa y/o de inscripción de la AFA.
La cuota tributaria viene determinada por una cantidad fija de acuerdo con lo que se establece a continuación:
Concepto de la tasa |
Cuota tributaria de la tasa de autorización previa y/o de inscripción |
Proceso de autorización previa |
517 – 103.300 euros |
Proceso de inscripción |
310 – 51.650 euros |